El 16 de febrero pasado, el Gobierno de Cuba acordó
establecer que todos los viajeros, extranjeros y cubanos residentes en
el exterior, que entren al país a partir del 1º. de mayo de 2010,
posean una póliza de seguro de viaje con cobertura de gastos médicos.
Para cumplir con esta exigencia, el viajero debe contar con un
seguro de viaje que incluya gastos médicos o una póliza de gastos
médicos, con cobertura dentro de Cuba.
La póliza debe ser adquirida en el punto de origen. Aquellos
viajeros que excepcionalmente no porten el seguro en el momento del
arribo, podrán adquirir una póliza con cobertura de seguro y asistencia
suscrita por aseguradoras cubanas, en el propio aeropuerto, puerto o
marina. (Se anexa póliza)
Los seguros de viajes suscritos por las compañías de seguro cubanas
y por la mayoría de las compañías aseguradoras internacionales,
cuentan con los servicios de asistencia en viaje dentro de Cuba de la
compañía Asistur SA., con un servicio las 24 horas y durante los 365
días del año.
Según la experiencia práctica, más del 80% de las personas que
actualmente visitan Cuba, lo hacen portando un seguro, provisto por
compañías de sus países de origen, que cubren sus gastos médicos en
Cuba.
En el caso de los residentes en los Estados Unidos que viajen
directamente a Cuba, estarán obligados a adquirir en origen la póliza
con cobertura de las aseguradoras cubanas, que se comercializa a través
de la red de agencias asociadas a la compañía Havanatur-Celimar, ante
la imposibilidad que tienen las compañías aseguradoras norteamericanas
de garantizar cobertura en el territorio nacional cubano.
El viajero que al llegar al país sea objeto de control, deberá
mostrar una póliza, certificado de seguro o tarjeta de asistencia de
viaje, vigente durante su estancia en Cuba.