El 16 de febrero pasado, el Gobierno de Cuba acordó establecer que todos los viajeros, extranjeros y cubanos residentes en el exterior, que entren al país a partir del 1º. de mayo de 2010, posean una póliza de seguro de viaje con cobertura de gastos médicos.
Para cumplir con esta exigencia, el viajero debe contar con un seguro de viaje que incluya gastos médicos o una póliza de gastos médicos, con cobertura dentro de Cuba.
La póliza debe ser adquirida en el punto de origen. Aquellos viajeros que excepcionalmente no porten el seguro en el momento del arribo, podrán adquirir una póliza con cobertura de seguro y asistencia suscrita por aseguradoras cubanas, en el propio aeropuerto, puerto o marina. (Se anexa póliza)
Los seguros de viajes suscritos por las compañías de seguro cubanas y por la mayoría de las compañías aseguradoras internacionales, cuentan con los servicios de asistencia en viaje dentro de Cuba de la compañía Asistur SA., con un servicio las 24 horas y durante los 365 días del año.
En el caso de los residentes en los Estados Unidos que viajen directamente a Cuba, estarán obligados a adquirir en origen la póliza con cobertura de las aseguradoras cubanas, que se comercializa a través de la red de agencias asociadas a la compañía Havanatur-Celimar, ante la imposibilidad que tienen las compañías aseguradoras norteamericanas de garantizar cobertura en el territorio nacional cubano.
El viajero que al llegar al país sea objeto de control, deberá mostrar una póliza, certificado de seguro o tarjeta de asistencia de viaje, vigente durante su estancia en Cuba.
Los visitantes a Cuba no sólo encontraran la belleza natural de la isla, la proverbial hospitalidad de su pueblo, sino también una absoluta seguridad, que incluye por supuesto el bienestar y la salud. Para casos de urgencias médicas de cualquier tipo, el sistema de salud cubano garantiza la atención necesaria mediante una red de policlínicos y hospitales, que cubren hasta los rincones más apartados del país. En la inmensa mayoría de las instalaciones hoteleras se provee atención médica primaria.
Para obtener más información al planificar su viaje a Cuba, visite el sitio Web, o diríjase a la Embajada o Consulado de Cuba más cercano o a las oficinas del Ministerio cubano del Turismo. Igualmente puede visitar los sitios digitales del Ministerio de Turismo (www.cubatravel.cu) y de la empresa aseguradora Asistur (www.asistur.cu)
TABLA
DE BENEFICIOS (CUC)
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VARIANTE
1
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VARIANTE
2
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VARIANTE
3
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Garantías y límites por asegurado y viaje | 7 coberturas | 4 coberturas | 2 coberturas |
I- Gastos médicos por enfermedad y accidentes |
7000.00
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5000.00
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25000.00
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II-Repatriación y transporte | |||
a) De fallecidos |
5000.00
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5000.00
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7000.00
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b) De heridos y enfermos |
5000.00
|
5000.00
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7000.00
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III- Responsabilidad civil |
25000.00
|
15000.00
|
No aplica
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IV-Anticipo de fianza judicial |
5000.00
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5000.00
|
No aplica
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V- Accidentes | |||
a) Muerte |
6000.00
|
No aplica
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No aplica
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b) Incapacidad permanente |
6000.00
|
No aplica
|
No aplica
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VI- Equipaje | |||
a) Localización |
Ilimitada
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No aplica
|
No aplica
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b) Pérdida material y robo |
400.00
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No aplica
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No aplica
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VII- Gastos de gestión por pérdidas de documentos |
300.00
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No aplica
|
No aplica
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Precio de venta público en destino |
CUC
2.50 pax/día
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CUC 2.00
pax/día |
CUC
3.00 pax/día
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Válido para personas mayores de 70 años, participantes en competencias de alto riesgo, entrenamientos y pasatiempos peligrosos, previo pago de una sobreprima. | |||
ASISTUR
Central de alarma 24 horas Phones (53 7) 866-8527, 866-8339, 867-1315. Fax (53 7) 8-66-80, e-mail: asisten@asistur.cu; seguros@asistur.cu |
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